lunes, 10 de diciembre de 2012

Zara: víctima de la moda

Seguramente muchos han visto que Greenpeace acusa a Zara de vender ropa con químicos que podrían producir cáncer.

Pues resulta que el estudio en el que Greenpeace se basa para hacer estas acusaciones es su informe Detox [PDF], que -sorpresa, sorpresa- ha resultado ser un panfleto antes que un estudio serio.

La química Deborah García Bello nos lo cuenta en su blog, DimetilSulfuro:

En el informe Detox me encontré que el muestreo (toma de muestra) se basó en analizar sólo 10 prendas diferentes entre sí (por lo tanto no es un método representativo) y que la única información de tipo químico que ahí figura son unas tablas en las que aparecen los valores de concentración detectados en cada una de las diez prendas de Zara, sin incluir margen de error alguno (el que lleva asociado siempre cualquier técnica analítica), sólo el límite de detección. Para encontrar más información sobre los métodos y técnicas analíticas empleados (asunto que no se menciona en Detox) tuve que recurrir a un informe inicial realizado por los laboratorios propios de Greenpeace en Reino Unido.

O sea, para que nos entendamos: el estudio no es válido. Fue una fabricación, no-revisada por pares, que no cumple los mínimos requisitos para ser considerado como un estudio científico de verdad.

Y es que la cosa no para ahí. De los resultados del informe Detox, no se logra desprender todo ese apocalísis oncológico que predijo Greenpeace. Ni de cerca:

Para que todos nos entendamos voy a definir una serie de términos analíticos que nos ayudará a entender los datos del informe:

  • Límite de detección (LD): cantidad o concentración mínima de sustancia que puede ser detectada con fiabilidad por un método analítico determinado (IUPAC 1995)


  • Método representativo: el número de muestras analizadas, así como la toma de las mismas, en diferentes lugares y a diferentes tiempos, ha de garantizar que el resultado del análisis tenga un nivel de confianza adecuado y un margen de error definido.


  • Analicemos los resultados presentados para los tres tipos de sustancias:

    Ftalatos

    Los ftalatos son sustancias plastificantes, se emplean para dar elasticidad a ciertos polímeros, y por tanto se emplean en estampados plásticos.

    Sólo una de las diez muestras fue analizada, ya que al parecer ninguna de las otras nueve presentaba una técnica de estampado que pudiese contener ftalatos. El LD de la técnica es de 3ppm (equivalente a 3mg por kg de muestra), y de los 9 tipos de ftalatos analizados sólo se detectó la presencia de un tipo (DEHP) en una concentración de 3,8ppm (muy cercana al LD) y sin indicar margen de error alguno (cosa que es imposible, y más estando en una cifra tan cercana al LD).

    El análisis de una única prenda obviamente no se corresponde con un método representativo, lo que por definición requiere un método analítico, por lo tanto carece de validez científica.

    Actualmente ningún estudio ha demostrado toxicidad con respecto al desarrollo de órganos reproductores en humanos (que es la toxicidad que se le atribuye) y por ello la normativa vigente, por precaución, sólo atañe a juguetes y productos de cuidado infantil; es decir, no existe legislación al respecto en el textil, por lo que Zara no está cometiendo ninguna ilegalidad.

    Aminas procedentes de colorantes azoicos

    Los colorantes azoicos se utilizan en el textil como colorantes, y pueden degradarse a aminas aromáticas en medios reductores como los propiciados por algunas bacterias intestinales.

    De las diez muestras sólo fueron analizadas nueve, de ellas sólo dos dieron un resultado por encima del LD (5ppm), y de nuevo sin ir acompañado del margen de error atribuido a los métodos y técnicas empleados en el análisis. Los resultados fueron de 7ppm y 9ppm de o-dianisidina.

    La normativa europea especifica que no deben emplearse concentraciones de aminas por encima de los 30ppm, así que de nuevo Zara no está cometiendo ninguna ilegalidad. Tras múltiples estudios no está demostrado científicamente que la o-dianisidina produzca cáncer (que es la toxicidad que se le atribuye), sólo está contemplada como sustancia sospechosa.

    Por otro lado, si el LMP (límite máximo permitido) es 30ppm, la técnica empleada debe tener un LD diez veces inferior, es decir, de 3ppm, cosa que incumple el análisis de Greenpeace.

    NPE's (nonifenoles etolxilados)

    Estas sustancias se emplean como surfactantes (rebajan la tensión superficial del agua para que esta penetre en el tejido) y favorecer el tinte, blanqueado y otros tratamientos húmedos de la prenda.

    Las diez muestras de Zara fueron analizadas, y seis de ellas dieron un positivo suficientemente por encima del LD (1ppm). A pesar de que el muestreo no es representativo, sí puede asumirse que existe una evidencia de que algunos productos de Zara contienen este tipo de sustancia.

    Por otro lado no existe ninguna normativa que impida el uso de este tipo de sustancia en el textil, por lo que de nuevo Zara no está cometiendo ninguna ilegalidad. La toxicidad que se le atribuye a estos compuestos reside en que se descomponen liberando nonifenol, que actúa como disruptor hormonal en peces.

    O sea, no sólo presentaron un falso informe como si fuera real, sino que además, los resultados del informe dejan a Zara libre de toda ilegalidad.

    Greenpeace se sacó esto de las mangas, como pudieron haber dicho cualquier otra soplapollez.

    Y en el proceso ha difamado una marca de ropa completamente inocente de los cargos de los que la acusa, ha trapeado el piso con la imagen y el buen nombre de un negocio legítimo y legal y ha engañado a todo el mundo.

    Definitivamente Zara es víctima de la moda de Greenpeace de ir por el mundo inventándose resultados que favorecen su agenda ideológica, aunque tienen de ciencia básicamente lo mismo que tienen de aprecio por la verdad o preocupación por la salud de las personas.

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