miércoles, 18 de julio de 2012

Rodrigo Uprimny sobre Ilva Myriam Hoyos

Hace poco alerté sobre el peligro de que Ilva Myriam Hoyos sea elegida magistrada de la Corte Constitucional. Al parecer no soy el único que piensa así.

El gran constitucionalista Rodrigo Uprimny, director del centro de estudios DeJusticia, después de resaltar unas cualidades de Hoyos que le achaca gratuitamente y que yo no he visto probadas, explica por qué es una pésima idea que esa traidora a su género y su especie quede de magistrada:

Pero sus actuaciones en la Procuraduría han mostrado que carece de otras virtudes judiciales imprescindibles, como la templanza, la imparcialidad y el compromiso leal con la Constitución y la legalidad.

Un hecho reciente lo ilustra: hoy sabemos, por un informe de la Silla Vacía, que la procuradora Hoyos denunció penalmente por injuria y calumnia a la activista de derechos humanos Mónica Roa. La causa esencial: Roa, junto con más de mil mujeres, presentó una tutela en donde cuestionó la veracidad de ciertas afirmaciones de la Procuraduría, y específicamente de la señora Hoyos, sobre el alcance de las sentencias de la Corte Constitucional relativas al derecho de las mujeres a interrumpir el embarazo en ciertos casos. La tutela solicitaba que se rectificaran esas afirmaciones, que por su inexactitud afectaban el derecho a la información y los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres.

La procuradora Hoyos podía oponerse a esa tutela. Pero siendo servidora pública debe tener la templanza y serenidad de juicio para aceptar que su labor puede ser objeto de críticas severas y que la ciudadanía tiene derecho a pedirle rectificaciones. Pero la señora Hoyos carece de esa virtud, que es esencial en la labor judicial y por ello, con intemperancia, reaccionó con una denuncia penal contra una tutela que la criticaba. ¿Cómo actuaría si tuviera el poder de la magistratura?

Pero además es verdad que la señora Hoyos ha tergiversado las decisiones de la Corte, como lo sostienen las peticionarias de la tutela. Por ejemplo, afirmó que la Sentencia T-388 de 2009, que ordena que ciertas autoridades hagan campañas de divulgación masiva sobre los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, no debía aplicarse, por cuanto se había presentado una petición de nulidad de la sentencia; pero una solicitud de nulidad no suspende la aplicación de una sentencia de la Corte.

La procuradora Hoyos ha tergiversado el alcance del orden jurídico para impedir la aplicación de normas y sentencias que no le gustan. Esto es incompatible con la función judicial: los jueces tienen un vínculo especial con la Constitución y las leyes, pues la sociedad les confiere el poder de juzgar, no para que impongan sus visiones personales, sino para que protejan los derechos de las personas y apliquen las normas que todos democráticamente hemos convenido. Y un buen juez debe hacerlo además imparcialmente, esto es, evitando que influyan en su decisión prejuicios o lealtades distintas a aquellas que tiene frente al derecho.

La procuradora Hoyos tiene indudables cualidades personales, pero carece de virtudes imprescindibles para la función judicial. Al menos para ser una jueza que tendría que defender una Constitución laica, pluralista y democrática, que la señora Hoyos parece detestar.

Personas con delirios absurdos sobre mujeres-costilla, palestinas violadas y zombies judíos deberían ser alejadas de los cargos públicos.

¿Por qué será tan difícil comprender eso?

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

Nota: sólo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.