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miércoles, 13 de julio de 2011

CBR: Modificación Constitucional para Prohibir el Aborto

En la astrónomica conversión de Colombia en Banana Republic, creo que la ignorancia del Partido Conservador juega un papel protagónico.

Haciendo caso omiso de la separación entre la Iglesia y el Estado y siguiendo las órdenes de sus amos de la Iglesia Católica, el partido está proponiendo una reforma constitucional para prohibir el aborto en los tres casos en los que lo permitió la Corte Constitucional y cualquier otra eventualidad.

martes, 14 de junio de 2011

La Hipocresía de los Pro Vida

miércoles, 25 de mayo de 2011

Cardenal de Lima pretende censurar a Vargas Llosa

Mario Vargas Llosa no es santo de mi devoción. Sus fantasías económicas y su apoyo a Álvaro Uribe Vélez hacen del gran escritor que es, un vulgar comentarista de la coyuntura. Sin embargo, hoy vengo a defender su libertad de expresión.

lunes, 16 de mayo de 2011

Así se habla

Mi admirada Mónica Roa explica algunos de los avances en derechos sexuales y reproductivos y este comentario suyo me pareció toda una joya:

martes, 26 de abril de 2011

El Procuradorcillo mentiroso

Todos sabemos que el antiProcurador, Alejandro Ordóñez, es un fundamentalista fanático religioso, un tinterillo con diploma, inepto para trazar o siquiera ver la gruesa línea que constituye la separación entre la Iglesia y el Estado.

Mónica Roa y Ariadna Tovar han hecho un espectacular trabajo publicando todas las faltas a la verdad que ha cometido el dichoso Ordóñez, la mayor vergüenza de los servidores públicos en toda la historia de Colombia:

Sartal de mentiras

Desde su posesión como Procurador General de la Nación en 2009, Alejandro Ordóñez Maldonado ha abusado de su función y de su poder para divulgar información tergiversada acerca de los derechos sexuales y reproductivos. Las mentiras del procurador no se reducen al ámbito jurídico, sino que incluyen temas científicos y económicos.

Debido a su posición como máxima autoridad y guardián de la ética pública, el Procurador deliberadamente ha generado confusión en la ciudadanía y ha creado miedo entre los servidores públicos mediante las siete mentiras que expondré a continuación; en cada caso transcribiré las citas textuales de la Procuraduría y las de aquellas fuentes que una por una las desmienten.

Mentira 1: La anticoncepción de emergencia (AE) o "píldora del día después" es abortiva

Mentira científica: "el levonorgestrel, principio activo de la AE, es abortivo", conceptuó la Procuraduría en una intervención en el marco de una acción popular.

Sin embargo, la Organización Mundial de la Salud (OMS) dice que la Anticoncepción de Emergencia no provocará un aborto: "Se ha demostrado que las píldoras anticonceptivas de emergencia (PAE) que contienen levonorgestrel previenen la ovulación y que no tienen un efecto detectable sobre el endometrio (revestimiento interno del útero) o en los niveles de progesterona, cuando son administradas después de la ovulación. Las PAE no son eficaces una vez que el proceso de implantación se ha iniciado y no provocarán un aborto" (énfasis añadido).

Así mismo, el Instituto de Medicina Legal descarta la calidad abortiva de la AE: "...el concepto del Instituto Colombiano de Medicina Legal y Ciencias Forenses, en el sentido de que " el Levonorgestrel no causa ningún daño directo al embrión humano", (...) de paso descartan la calidad de abortivo que le atribuye el actor".

Mentira jurídica: "de acuerdo con nuestro ordenamiento, el derecho a la vida empieza en la concepción"indicó la Procuraduría en una intervención frente a una acción popular (énfasis añadido).

Sin embargo, la Corte Constitucional en la sentencia C-355/06 indica que si bien el fenómeno de la vida humana comienza en la concepción, el derecho a la vida sólo se reconoce desde el momento del nacimiento: "Ahora bien, dentro del ordenamiento constitucional la vida tiene diferentes tratamientos normativos, pudiendo distinguirse el derecho a la vida consagrado en el artículo 11, de la vida misma como bien jurídico protegido por la Constitución. El derecho a la vida supone la titularidad para su ejercicio y dicha titularidad, como la de todos los derechos, está restringida a la persona humana, mientras que la protección de la vida se predica incluso respecto de quienes no han alcanzado esta condición".

Mentira científica: "la AE representa un riesgo grave, absoluto e inminente para el derecho a la vida" (intervención de la Procuraduría en acción popular)

La OMS asegura que el uso repetido de la AE no conlleva riesgos para la salud.

Así mismo, el Consejo de Estado aseguró que: "...el concepto del Instituto Colombiano de Medicina Legal y Ciencias Forenses, en el sentido de que "el Levonorgestrel no causa ningún daño directo al embrión humano" (énfasis añadido).

Mentira 2: La Corte obliga al Estado a promover el aborto en forma masiva

Mentira jurídica: "La Corte ordenó poner en movimiento "campañas masivas de promoción" del aborto", indicó la Procuraduría en un comunicado de prensa fechado en octubre de 2009.

Sin embargo, la Corte Constitucional en su sentencia T-388/09 ordenó llevar a cabo campañas masivas de promoción de los derechos sexuales y reproductivos, haciendo énfasis en temas como la educación sexual, los anticonceptivos, la violencia sexual, la anticoncepción de emergencia, el viagra, el VIH-SIDA, las infecciones de transmisión sexual y el aborto en los casos de la C-355: "ORDENAR al Ministerio de la Protección Social, así como al Ministerio de Educación Nacional, a la Procuraduría General de la Nación y a la Defensoría del Pueblo para que de manera pronta, constante e insistente diseñen y pongan en movimiento campañas masivas de promoción de los derechos sexuales y reproductivos que contribuyan a asegurar a las mujeres en todo el territorio nacional el libre y efectivo ejercicio de estos derechos y, en tal sentido, el conocimiento de lo dispuesto en la sentencia C-355 de 2006 así como lo desarrollado en la presente providencia" (énfasis añadido).

Mentira 3: El aborto no es un derecho y los funcionarios no están obligados a remover las barreras de acceso

Mentira jurídica: "La Corte sólo despenalizó el aborto en ciertas circunstancias, pero no lo convirtió en derecho", dijo la Procuraduría en una
carta enviada a la Superintendencia de Salud.

Sin embargo, la Corte Constitucional en su sentencia T-585/10 dijo: "Resulta innegable que, a partir de la sentencia C-355 de 2006, surgió en Colombia un verdadero derecho a la interrupción voluntaria del embarazo en cabeza de las mujeres que se encuentran incursas en las tres hipótesis despenalizadas".

Mentira jurídica: "la Superintendencia Nacional de Salud no tiene la obligación de promover el goce y remover las barreras del acceso al aborto", dijo la Procuraduría en la misma carta enviada a la Superintendencia de Salud.

Pero la Corte Constitucional en su sentencia T-209/08 dice que la Superintendencia debe investigar y sancionar a las empresas promotoras e instituciones prestadoras de salud (EPS e IPS) que se nieguen a prestar el servicio: "De conformidad con lo establecido en las aludidas disposiciones, la Sala informará a la Superintendencia de Salud y al Ministerio de la Protección Social, sobre los hechos acaecidos en esta tutela, para lo cual se les enviará copia de la actuación, para que investiguen y, si es del caso, sancionen las posibles faltas en que pudo incurrir en este caso Coomeva EPS, y las entidades de salud con las cuales tenía contrato para la prestación de servicios de salud a sus afiliados que se negaron a practicar el procedimiento de IVE (interrupción voluntaria del embarazo)".

La misma Corte Constitucional, a través de la sentencia T-388/09 pidió que la Superintendencia "adopte las medidas indispensables con el fin de que las EPS e IPS - independientemente de si son públicas o privadas, laicas o confesionales- cuenten con las personas profesionales de la medicina y el personal idóneo y suficiente para atender el servicio de interrupción voluntaria del embarazo bajo los supuestos previstos en la sentencia C-355 de 2006, sin incurrir en exigencias adicionales inadmisibles" (énfasis añadido).

Mentira jurídica: "la suspensión del Decreto 4444 afecta la vigencia de la sentencia C-355/06", dijo la Procuraduría en la misma carta enviada a la Superintendencia de Salud.

Pero la Corte Constitucional en su Auto 327/10 indicó a la Superintendencia "que la Circular Externa 058 de 2009 puede servir de fundamento para adelantar investigaciones administrativas a las EPS o IPS públicas o privadas que la incumplan y de esta forma prevenir que la suspensión provisional del decreto 4444 de 2006 se convierta en un obstáculo para que las mujeres accedan a la interrupción voluntaria del embarazo en condiciones de seguridad y calidad" (énfasis añadido).

Mentira 4: La suspensión del Decreto 4444 suspende las reglas constitucionales sobre objeción de conciencia

Mentira jurídica: "Mientras el Consejo de Estado no resuelva la demanda sobre el D. 4444, ninguna autoridad judicial o administrativa puede restringir la objeción de conciencia" (u objeción que el profesional de la salud puede utilizar para negarse a practicar el aborto), dice la Circular 029/10 de la Procuraduría.

Sin embargo, la Corte Constitucional en su Auto 327/10 requiere a "la Procuraduría General de la Nación para que cumpla de inmediato con el numeral tercero de la parte resolutiva de la sentencia T-388 de 2009 con estricta observancia de la jurisprudencia constitucional sobre objeción de conciencia en la práctica de la interrupción voluntaria del embarazo" (énfasis añadido).

Mentira jurídica: "el derecho a la objeción de conciencia no está reglamentado ni protegido", asegura la Procuraduría en su Informe de Vigilancia a la sentencia C-355/06.

A través de la sentencia T-388/09 la Corte constitucional formuló varias reglas para el debido ejercicio de la objeción de conciencia frente a la prestación del servicio de IVE, de modo que se respeten tanto los derechos de los objetores como los de las mujeres que requieren esta intervención:

"En conclusión, lo establecido respecto del ejercicio de la objeción de conciencia implica lo siguiente:

(i) La objeción de conciencia es un derecho constitucional fundamental que ... no puede ejercerse de manera absoluta.

(ii) El ejercicio del derecho constitucional fundamental a la objeción de conciencia recibe en la esfera privada por la vía de lo dispuesto en el artículo 18 Superior una muy extensa protección que solo puede verse limitada en el evento en que su puesta en práctica interfiera con el ejercicio de derechos de terceras personas.

(iii) Sólo el personal médico cuya función implique la participación directa en la intervención conducente a interrumpir el embarazo puede manifestar objeción de conciencia; contrario sensu, ésta es una posibilidad inexistente para el personal administrativo, el personal médico que realice únicamente labores preparatorias y el personal médico que participe en la fase de recuperación de la paciente.

(iv) La objeción de conciencia se debe manifestar por escrito y debe contener las razones que impiden al funcionario llevar a cabo la interrupción del embarazo.

(v) En lo relativo a la práctica del aborto inducido, la Corporación mediante la sentencia C-355 de 2006 destacó la necesidad de asegurar que el ejercicio prima facie admisible de la objeción de conciencia de personas profesionales de la medicina que obran como prestadores directos del servicio, pudiera restringirse cuando su ejercicio trae como consecuencia imponer una carga desproporcionada a las mujeres que colocadas bajo las hipótesis establecidas en la mencionada sentencia optan por la interrupción del embarazo.

(vi) En cuanto es manifestación de íntimas e irrenunciables convicciones morales, filosóficas o religiosas, la objeción de conciencia es un derecho de cuya titularidad se encuentran excluidas las personas jurídicas.

(vii) Las personas que ostentan voluntariamente la calidad de autoridades judiciales no pueden excusarse en la objeción de conciencia para dejar de cumplir una norma que ha sido adoptada en armonía con los preceptos constitucionales y que goza, en consecuencia, de legitimidad y validez ...

La objeción de conciencia resulta, pues, en este entorno inadmisible, por cuanto se traduce en una denegación injustificada de justicia y se liga con una seria, arbitraria y desproporcionada restricción de derechos constitucionales fundamentales...".

Mentira 5: El derecho internacional de los derechos humanos prohíbe el aborto y protege la vida de manera absoluta

Mentira jurídica: "Hay un imperativo internacional que obliga a proteger el derecho a la vida de manera absoluta", dice la Procuraduría en un Comunicado de prensa del 25 de Marzo de 2011.

Sin embargo, el Comité de Derechos Humanos de la ONU (CCPR/C/COL/CO/6) felicita al Estado colombiano por haber despenalizado el aborto en ciertas circunstancias y llama la atención por la oposición del Procurador a su cumplimiento:

"El Comité felicita al Estado Parte por haber avanzado en la implementación de la recomendación anterior emitida del Comité en 2004 (CCPR/CO/80/COL, para. 13) a través de la sentencia C-355 de 2006 de la Corte Constitucional que despenalizó del aborto en ciertas circunstancias; cuando la mujer haya sido víctima de una violación o incesto, cuando el embarazo pone en riesgo la vida o la salud de la mujer y cuando el feto presenta graves malformaciones que hacen inviable su vida fuera del útero.

Sin embargo, le preocupa al Comité que, a pesar del Decreto 4444 de 2006 del Ministerio de Salud, proveedores de servicios de salud se niegan a proporcionar abortos legales y que el Procurador General de la Nación no apoya la aplicación de la sentencia de la Corte Constitucional en esta materia.

Asimismo, al Comité le preocupa que la insuficiente educación sexual en el curriculum escolar, y de información pública sobre como acceder a un aborto legal, siguen causando la pérdida de la vida para mujeres que han recurrido a abortos inseguros (Artículos 3, 6 y 26).

El Estado-parte debe asegurar que proveedores de salud y profesionales médicos actúen en conformidad con la sentencia de la Corte y no se nieguen a proporcionar abortos legales.

Asimismo, el Estado parte debe tomar medidas para ayudar a las mujeres a evitar embarazos no deseados, para que no tengan que recurrir a abortos ilegales o inseguros que puedan poner en riesgo su vida. El Estado parte debe facilitar el acceso a información pública sobre cómo acceder a un aborto legal (énfasis añadido)".

Mentira jurídica: "La Convención de los Derechos del Niño protege el derecho a la vida desde antes del nacimiento", dice la Procuraduría en su Comunicado de prensa del 25 de Marzo de 2011.

El Comité que vigila la Convención de los Derechos del Niño (CRC/C/COL/CO/3) felicita al Estado colombiano por la despenalización parcial del aborto.

Mentira jurídica: "La Convención Americana de Derechos Humanos protege de manera absoluta el derecho a la vida desde la concepción" (Comunicado de prensa del 25 de Marzo de 2011).

Cecilia Medina (ex juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos) ha dicho que aunque originalmente se propuso proteger el derecho a la vida desde la concepción de manera absoluta, la misma Comisión Interamericana sugirió incluir la expresión "en general" para que se permitiera el aborto en ciertos casos.

Mentira 6: No hay razones científicas ni de salud pública que justifiquen la inclusión del misoprostol en el Plan Obligatorio de Salud (POS)


Mentira jurídica: "El INVIMA (Instituto Nacional de Medicamentos y Alimentos) no ha aprobado el uso del misoprostol para los casos de aborto de la C-355/06", asegura la Procuraduría en una carta al Ministro de Protección Social.

Pero el Acta 20/07 del INVIMA indica que el misoprostol podrá ser empleado para las circunstancias de la sentencia C-355/06.

Mentira científica: en carta enviada al Ministro de Protección Social, la Procuraduría presenta una posición de la OMS como negativa a la efectividad y seguridad del misoprostol.

Pero la OMS ha aclarado en su documento WHO/RHR/10.11 que las dudas se refieren específicamente al uso del misoprostol en la prevención de la hemorragia puerperal. No hay duda en los usos de interrupción del embarazo, aborto retenido espontáneo, ni inducción al trabajo de parto.

[U1] Mentira económica: en su carta al Ministro de Protección Social, la Procuraduría llama la atención sobre los posibles daños al presupuesto público que implicaría la inclusión del misoprostol en el POS.

Los estudios técnicos de la Comisión de Regulación en Salud (CRES) registrados en el Acuerdo 20 de 2010 prueban que el misoprostol tiene un impacto neutro de costo sobre el sistema de salud.

Mentira jurídica: en la carta enviada al Ministro de Protección Social, la Procuraduría pide que la información relacionada con la inclusión del misoprostol en el POS sea manejada con reserva y prudencia.

La Ley 57/85 y la sentencia T-157/10 de la Corte Constitucional indican que la información que manejan las entidades estatales es pública a menos que haya sido declarada como reservada mediante una ley.

Mentira 7: La Procuraduría trabaja por el cumplimiento de la sentencia C-355 y defiende los derechos humanos

Como lo demuestran los siguientes pronunciamientos, el Procurador no vela por el cumplimiento de la sentencia C-355/06, sino que intimida a los funcionarios públicos para evitar que ellos la cumplan.

Circular 029 de 2010 dirigida a los funcionarios de la Procuraduría: "como el Decreto 4444 está suspendido, ninguna autoridad puede restringir el uso de la objeción de conciencia, so pena de incurrir en causal de mala conducta. Esto, a pesar de que el ejercicio de la misma tiene regulación constitucional directa".

A la Superintendencia y direcciones territoriales de salud (Circular 029/10): "ordena requerirlas periódicamente para que impartan directrices con el fin de que garanticen los derechos fundamentales de los no nacidos".

A la Superintendencia Nacional de Salud la "invita" a considerar que "como el Decreto 4444 está suspendido, ninguna autoridad puede restringir el uso de la objeción de conciencia, so pena de incurrir en causal de mala conducta. Lo anterior, a pesar de que este derecho tiene reglas de ejercicio constitucional" (Carta de la Procuraduría a la Superintendencia de Salud).

A la Superintendencia Nacional de Salud le solicita que "justifique el fundamento legal de una circular que fue expedida con base en la jurisprudencia constitucional" (Carta de la Procuraduría a la Superintendencia de Salud) [41].
A la alcaldía de Medellín, frente al tema de la Clínica de la Mujer, la presionó para que no prestaran el servicio de IVE, a pesar de ser su obligación (Revista Semana, "(Al ataque").

Al Ministerio de Protección Social le advierte que "puede incurrir en faltas disciplinarias y penales, por solicitar la inclusión del misoprostol en el POS" (Carta de la Procuraduría al Ministro de Protección Social).

No puedo más que renovar mi admiración por Mónica Roa y su compañera Ariadna Tovar, a quienes felicito por su concienzudo trabajo.

Este esfuerzo y dedicación de Mónica Roa me reafirman en que es la mujer colombiana por la que más admiración siento.

lunes, 25 de abril de 2011

Otra vez los conservadores contra el aborto

Los conservadores tienen la característica de obedecer en todo a la Iglesia Católica, y ahora buscan negarle los derechos a las mujeres.

Ellos pretenden que la vida empieza con la concepción y por eso quieren cambiar la Constitución para prohibir el aborto en cualquier circunstancia:

El presidente del Partido Conservador, senador José Darío Salazar, gestiona la iniciativa del proyecto que reformaría el artículo 11 de la Constitución Nacional.

"El derecho a la vida es inviolable y recibirá igual protección desde la fecundación hasta la muerte natural". Así quedaría el decreto de la Constitución Nacional respecto al aborto, según la pretensión de la bancada conservadora en el Congreso que mediante un proyecto de ley pretende volver a penalizar el aborto.

"Es un proyecto que va en defensa de la vida", dijo el senador José Darío Salazar en RCN La Radio De La Noche al tiempo que pidió "sensatez" a los colombianos que opinen al respecto".

Hay que ser muy caradura para pedir sensatez cuando se busca institucionalizar la desigualdad de la mujer y desconocerle sus derechos basados en la ignorancia de la biología. Aunque... son creyentes ¿qué más se puede esperar sino que cumplan con la anticientífica agenda impuesta por sus dueños?

Todo con tal que sigan llegando niños al mundo para que los sacerdotes los puedan seguir violando, ¿ehh?

viernes, 15 de abril de 2011

Otro abogado anti-derechos


Con la llegada del Misoprostol al país, muchos enemigos de la libertad individual y misóginos consagrados están haciendo cuanto tienen en su poder para condenar a las mujeres a tener hijos que no quieren y a los que no pueden mantener.

Uno de esos es el abogado Luis Rueda Gómez.

Este tipo es un completo perdedor:

Demandó la nulidad de la sentencia C-355 del 2006 (que despenalizó el aborto en tres casos) y perdió.

Quiso recusar al magistrado Jaime Araújo Rentería cuando este era uno de los que se iban a pronunciar en la ya mencionda sentencia C-355 del 2006. También perdió. Su petición fue rechazada por impertinente. A diferencia de Rueda Gómez, sus compañeros de fanatismo e intolerancia sí consiguieron que Araújo Rentería fuera recusado.

Por si fuera poco, Rueda Gómez también quiso recusar al entonces Procurador General de la Nación -antes de que llegara Alejandro Ordóñez, ese descendiente ideológico de Torquemada con ínfulas de tinterillo-. Por supuesto, su petición no prosperó. La Corte Constitucional dijo que él no estaba legitimado para formular la recusación. Yo no creo que esté legitimado ni para escribir correctamente su propio nombre.

Sinceramente no puedo pensar en un abogado más inepto que este. Casi que me da lástima tenerlo de contrincante ideológico. Él seguramente se daría las mañas para defender a un hombre a todas luces inocente y mandarlo directamente al pabellón de la muerte (¡y aquí ni siquiera hay pabellón de la muerte!).

Por eso me parece muy chistoso -y poco serio- que El Tiempo lo haya entrevistado sobre la inclusión del Misoprostol en el Plan Obligatorio de Salud (POS):

Yo, que soy abogado y he estudiado el tema, le puedo decir que no hay una sentencia más monstruosa, jurídicamente, que la C-355. Los magistrados que la aprobaron violaron la Constitución en muchísimos aspectos. Violaron el artículo 11, que dice que el derecho a la vida es inviolable y no pone excepciones, violaron tratados internacionales que obligan a Colombia a respetar la vida desde la fecundación, como el Pacto de San José. Para mí, los magistrados cometieron prevaricato. La discusión también es científica, porque la Corte dice que no se sabe cuándo empieza la vida, y resulta que está perfectamente definido que la vida empieza en el momento de la fecundación.

Es que dice tantas cosas absurdas juntas que no sé ni por dónde empezar. Él dice que ha estudiado el tema, pero olvida mencionar que siempre que se ha acercado a la Corte Constitucional, le han negado lo que sea que haya pedido. Ni un vaso de agua habrá conseguido.

No creo que sea el mejor candidato para decidir si una sentencia es monstruosa. A él todas las sentencias le parecerán monstruosas. Al fin y al cabo ni entenderá de derecho.

Lo del Pacto de San José es una exposición sesgada. Existen muchísimos más pactos internacionales que promueven la salud sexual y la legalización del aborto. Cogerse de un Pacto cuyo articulado está siendo interpretado tendenciosamente no habla muy bien de su honestidad intelectual.

Aunque nada habla bien de la honestidad intelectual de este tipo. Ni siquiera hemos podido determinar que tenga siquiera algún umbral intelectual.

Investigando un poco más, me entero que Luis Rueda Gómez hace parte de una organización llamada Red Futuro Colombia, organización pro-vida, o sea, enemiga de la mujer, que insiste en el despropósito de que la familia es el núcleo fundamental de la sociedad. Ehh, no: lo somos los individuos.

Eso ya arroja más luces sobre por qué insiste en que la vida empieza con la fecundación, lo cual es erróneo. No se ha determinado cuándo empieza la vida humana, en qué momento se empieza a ser persona.

Todas las propuestas son arbitrarias, incluso aquella que yo defiendo que afirma que se es persona tras haber respirado un instante después del nacimiento. Me gustaría saber en qué clase de pederasta en potencia se basa Rueda para decir que "está perfectamente definido que la vida empieza en el momento de la fecundación". Aunque una vez más, puede ser que se haya valido de su indecoroso nivel intelectual para hacer decir una mentira (una más, qué más da) basada en una afirmación gratuita.

También me enteré que da clases en las universidades Javeriana y Santo Tomás. Nunca me imaginé que esos centros educativos contrataran deshonestos intelectuales. Mi sentido pésame a sus alumnos.

martes, 12 de abril de 2011

Se fragua la Inquisición Antiabortista


La Iglesia Católica y varios sectores ultraconservadores buscan hacerle el quite a la sentencia de la Corte Constitucional que permitió el aborto en tres circunstancias en Colombia:

Desde hace un mes varias iglesias donde se ofician misas o cultos, sacerdotes y pastores hacen un singular llamado a sus feligreses: piden de manera voluntaria que respalden con su firma un Acto Legislativo en contra del aborto. Detrás de esa trascendental iniciativa están los pesos pesados de la Iglesia católica a través de la Conferencia Episcopal y la Confederación Colombiana de Libertad Religiosa, Conciencia y Culto (CONFELIREC).

Todo nació en febrero pasado durante la Asamblea Plenaria del Episcopado, a la que asistieron jerarcas de otros credos y una decena de congresistas. Entre los invitados estaban desde luego los ocho parlamentarios cristianos (Mira, PIN, Liberal y La U) y algunos conservadores.

De allí surgió la idea de modificar el artículo 11 de la Constitución y además recoger firmas para promover un referendo que "frene los excesos de competencia de la Corte", argumentó el pastor Charles Schultz, exsenador de La U y fundador de CONFELIREC.

Básicamente la modificación que promoverán a partir del 20 de julio, cuando inicie la nueva legislatura en el Congreso, consiste en alterar el artículo 11 de la Constitución, que dice: "El derecho a la vida es inviolable. No habrá pena de muerte", agregándole la siguiente frase "El derecho a la vida es inviolable desde la fecundación hasta la muerte natural. No habrá pena de muerte".

Su ineptitud para comprender los más básicos derechos de las mujeres los hace los menos indicados para saber cuáles son las competencias de la Corte.

A diferencia de ellos, la Corte Constitucional representa a toda la población y defiende sus derechos, en vez de irlos recortando por el capricho de una fantasía medieval inspirada por un absurdo hippie que de haber existido probablemente habría sido asesinado por esos que hoy hablan en su nombre. Todo lo que sé es que Jesús no habría sido conservador.

Que ellos no aborten me parece horroroso. Ningún abominable ser humano que quiera condenar a las mujeres -incluidas algunas de ese colectivo- deberían tener hijos. Por otra parte, parafraseando a George Carlin, ¿se han fijado que la mayoría de mujeres que están en contra del aborto, son mujeres con las que, para empezar, uno no se querría acostar? Qué balance hay en la naturaleza.

Pero lo que me parece que raya en el colmo de vestigios de la Inquisición es querer imponerle a la mayoría sus nocivas creencias. La vida empieza antes de la fecundación pero no significa que siempre deba ser preservada. En mi cuerpo mueren células constantemente y cada vez que eyaculo, mueren millones de espermatozoides. Aún cuando hay embarazos, sólo UN espermatozoide consigue fecundar el óvulo mientras que los demás están condenados a morir en el intento.

Además: ¿"fecundación"? ¿en serio? ¿es que estamos hablando de polinización o algo así? ¿por qué no pueden ser como las personas normales y llamarle "concepción"?

lunes, 4 de abril de 2011

Misoprostol, bienvenido a Colombia


El Ministerio de la Protección Social acaba de incluir en el POS (Plan Obligatorio de Salud, que es una lista de medicamentos y tratamientos que se deben ofrecer de forma gratuita) el Misoprostol, un producto que puede ser usado como abortivo.

A la Procuraduría dirigida por el machista e inquisidor Alejandro Ordóñez le pidió al Ministro que explique por qué considera que ese medicamento puede ser de necesidad pública:

El procurador Alejandro Ordóñez le envió una carta al jefe de la cartera de la Protección Social, Mauricio Santamaría, en la que le indica que el ministerio debe explicar bien por qué ese medicamento puede ser declarado de necesidad pública, y le pidió que informe cuales son los criterios técnicos y estudios para tomar esa decisión.

Para mí, cualquier cosa es lo suficientemente buena si no le gusta al tinterillo con diploma ese (que para lo único que sirvió fue para librarnos de Piedad Córdoba, apologista de las Farc).

Todo lo que promueva el aborto y/o sirva de abortivo, bienvenido sea. Tenemos que dejar de condenar a las mujeres a tener hijos que no quieren y que en muchas de las ocasiones ni siquiera pueden sostener, eso dejando de lado el hecho de que muchas de estas mujeres mueren al practicarse abortos clandestinos en nulas pésimas condiciones de higiene.

martes, 8 de marzo de 2011

Yo voto por...

Hoy, en el Día de la Mujer, El Tiempo está llevando a cabo una encuesta para determinar cuál es la mujer más destacada por su influencia positiva en la sociedad colombiana.

Para mí, ninguna de las nominadas ha ejercido una influencia tan positiva en la sociedad colombiana (en la encuesta figuran Gilma JIménez, Piedad Córdoba y Shakira).

Mi la lista de candidatas sería otra. Mis nominadas serían:

sábado, 22 de enero de 2011

Perdiendo mi dignidad humana

Tiendo a pensar que los líderes religiosos no tienen ninguna autoridad moral para hablar de algo que no sean mentiras y violaciones de los Derechos Humanos. Sin embargo, suelen hacer todo lo contrario.

Es así como, a aquellos que no vemos a las mujeres como simples incubadoras humanas y actuamos en consecuencia nos dicen que hemos perdido nuestra dignidad humana.

El autor de esta ridiculez se llama Demeterio Fernández y es el Obispo de Córdoba, España:

El hombre contemporáneo se aparta de este proyecto de Dios cuando se deja contagiar por la mentalidad anticonceptiva de nuestra época. En muchos ambientes y en muchos corazones la aspiración es a disfrutar lo más posible de la sexualidad humana como fuente de placer, evitando a toda costa el nacimiento de un nuevo hijo en el seno de la familia. Esta mentalidad no es nueva, es tan vieja como el hombre. Pero en nuestros días se ha acentuado, empleando para ello los medios técnicos al alcance, que hoy son mayores que en otras épocas: la píldora anticonceptiva y todos los métodos químicos o artificiales para impedir la fecundación, llegando incluso a la esterilización masculina o femenina que convierte al varón y a la mujer en un simple objeto, perdida ya su dignidad de persona humana.

Estoy confundido: como seres vivos tenemos sentimientos y sentidos, así que disfrutar del sexo es algo que sólo podemos hacer algunos seres vivos, sin embargo si lo hacemos ¿nos convertimos en objetos? ¿Dónde está la lógica en eso? Pero de nuevo, pedirle a un obispo que razone es como pedirle a Bush Jr. que piense.

La mentalidad anticonceptiva no sólo lleva al disfrute y goce del cuerpo con que nos dotó la evolución, sino que también es parte de lo que nos hace humanos. Como ateo, hace mucho me despojé de la arrogante y egoísta idea de que vengo al mundo por alguna razón específica más allá de que mis papás querían un hijo. Eso de que vine al mundo para cumplir un objetivo o con una meta predeterminada es una concepción utilitarista del ser humano (¡esa sí!). Pero para mí la vida es un fin en sí misma y como es la única que tengo (yo sí creo que la muerte es definitiva, no voy más, ciao, bye, adieu) planeo disfrutarla al máximo.

Y en vista de que respeto la vida humana pero a la vez estoy convencido de que somos muchos seres humanos (la cantidad de seres humanos que alguna vez ha poblado el planeta rompe un nuevo récord cada día), he decidido no tener hijos. Así puedo contribuir con la disminución de la población. Tampoco considero que un zombie cósmico con complejo de superioridad me manda los hijos, sino que yo decido tenerlos por mi cuenta o no tenerlos, así que estoy a favor de todo tipo de anticonceptivo.

Y aún hay más propuestas de pacotilla: La Familia como base natural de la sociedad. La familia, a diferencia de lo que los cristianos piensan, es una construcción social. Es tan natural como la religión (¿cuándo han visto a un animal rezando?). La base de la sociedad es el individuo. Cuando no voy al trabajo, soy yo quien no va. Cuando decido hacer una propuesta a título personal, mi familia no tiene nada que ver en eso. El contrato social es el del individuo con la sociedad. Así que antes de proteger la Familia, se protege al Individuo con sus libertades individuales intactas. ¿Que la familia sólo son padres heterosexuales e hijos? ¿Y cómo carajos explican una familia constituida por la abuela y sus nietos, o una familia en que los tíos todos varones se hagan cargo de un sobrino huérfano? ¿Es que deja de existir una familia cuando uno de los padres muere?

Con frecuencia, las organizaciones que llevan la palabra "Familia" en su nombre son de chiflados homofóbicos antielección en los que no se puede confiar.

En resumen: si eres un hedonista que disfruta la vida, no le impone sus cuentos de hadas a nadie y a la vez quieres que la cantidad de personas que habitan el mundo descienda considerablemente, no tienes dignidad humana. En cambio, si traes más niños a este valle de lágrimas, difundes mentiras acerca de la ineficacia de los condones, adhieres a una organización con Estado propio cuyo deporte nacional es la pederastia y funciona como una mafia, tienes dignidad humana.

Y yo que pensaba que la dignidad humana era otra cosa. Estaba equivocado con aquello de que nos alcancen los recursos para repartirlos equitativamente y cada ser humano pueda vivir decentemente, sin que haya curas que los violen para luego obligarlos a tener hijos que no quieren.

domingo, 5 de diciembre de 2010

Ordóñez y la objeción de conciencia

La Corte Constitucional le respondió al antiProcurador Alejandro Ordóñez sobre la sentencia que tristemente despenaliza el aborto (y digo tristemente porque el aborto debería ser legalizado, que es algo completamente diferente) y deja tres cosas claras sobre la objeción de conciencia en la que tanto se ampara este oscurantista personaje:

-Es individual y no institucional porque sólo el individuo tiene conciencia.

- Los jueces deben actuar conforme a la Constitución y la Ley, no con base en su propia conciencia.

- Existe la obligación de referir a la mujer que exige su derecho a abortar, a otro profesional no objetor.

La respuesta no se hizo esperar:
Según dijo el mismo Ordóñez, "la Corte tiene el derecho de hacer seguimiento a sus decisiones y yo tengo derecho a pedir las aclaraciones y hacer las peticiones pertinentes". Aseguró además que es válido objetar las determinaciones judiciales haciendo uso de los recursos procesales que otorga la Ley a quienes no comparten las decisiones, refiriéndose a la objeción de conciencia.

O sea que para el procurador, un médico racista bien podría negarle la atención requerida a un paciente con tez de color distinta a la suya y argüir la objeción de conciencia como recurso procesal que le otorga la Ley porque no comparte las sentencias de la Corte Constitucional que determinan que nadie puede ser discriminado en razón de su color de piel.

No esperaría un lógica menos retorcida y leguleya de alguien indoctrinado en el seno de la Iglesia Católica.

martes, 30 de noviembre de 2010

Uruguay de Avanzada

Buena noticia de hoy para un país del cono sur:

Uruguay tiene la más alta tasa de justificación del aborto en América Latina. Parece que la encuesta fue así:
Dígame si usted cree que siempre puede justificarse, o nunca puede justificarse el aborto. O si su opinión está en algún punto intermedio, donde es: nunca se justifica, y es: siempre se justifica.

Mi voto: siempre se justifica.


Uruguay marcó 4,13 seguido por Argentina con un escaso 2,99 ¿Y qué hay de Colombia? Antes de empezar a leer pensé que esto sería otro factor más que nos clasifica como una República Bananera, sin embargo a los que peor les fue son Paraguay con un 1,39 y Guatemala con 1,31. Ni pío sobre Colombia.

Mis felicitaciones a la sociedad uruguaya.